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OPINIÓN

DR. JORGE FABREGA Y SU LIBRO TEORÍA DE LA PRUEBA.        

POR RAMIRO GUERRA.          

ABOGADO Y CIENTISTA POLÍTICO.            

El proceso configura una relación dialéctica. Lo anterior vale por igual para todas las causas, donde se ventila quién tiene la razón jurídica, algunos la certeza de lo que afirma o niega como fundamento de hecho de la pretensión planteada. El solo indicio no es suficiente; el fiscal ruso Vischinky, escribió, los indicios como una cadena cuyos eslabones constituyen una sola , que no admite roptura. Allí donde uno de sus eslabones se rompe, se viene abajo el concepto de indicio necesarios para cursar hacia una prueba irrefutable. En materia penal así ocurre. El Dr. Fabrega , escribió que el corazón del proceso es la prueba.Esta tiene que concluyente y certera. Lo anterior vale para la pruebas aducida como contrapruebas. En el proceso, donde éstas son contudente para hacer valer una pretensión , la labor del juez se hace menos compleja.              

La instancia de alegatos, es la oportunidad para    sostener exponer que el caudal probatorio, tiene lógica de certeza.El juez es el responsable, esa es su  función, examinar si los mismos tienen consistencia lógica. Lo anterior vale para demandantes, demandados, querellantes y querellados e igual para la vindicta pública. En ese sentido, el proceso es todo un juego  de lógica dialéctica.              

En esta relación de esbozos dialéctico, la improvisación es fatal; peor la conjetura simple. A menos como escribió Juan Antonio Aroca,que la conjetura esté inserta en el esbozo de la dialecticidad probatoria. Tan importante  es lo anterior, que  de nada sirven pruebas que dan certeza de un delito, pero no el que dio lugar al juicio .