EL BUEN FISCAL: EL SHERLOCK HOLMES ACTUAL
Por: Silvio Guerra Morales
“Poco o nada, habrá de importarle también al buen fiscal, la arenga sórdida de las muchedumbres o la presión de sectores mediáticos para inclinar la balanza de la justicia a favor de una u otra posición legal”. Silvio Guerra M.
Cuando se da un hecho delictivo, préstese atención, el curso que éste siga está muy ligado a la oportuna investigación, por parte de los agentes competentes, de tres elementos concurrentes y necesarios, ineludibles, que son los que terminarán diciéndonos si estamos ante la presencia o no de un hecho punible. Recuerdo, en ese sentido, cuando dictaba clase en la Facultad de Derecho de la Universidad de Panamá que solía enfatizar esos elementos ante los estudiantes graduandos en mis clases de Derecho Procesal Penal y los instaba, siempre, a dedicarles atención primaria. Esos elementos son: 1. Corpus criminae: Es decir la persona o el objeto sobre el cual recae la acción delictiva. En un homicidio, el cadáver; en una violación carnal el cuerpo de la victima; en una apropiación indebida, la cosa que ha sido apropiada, etc. 2. Corpus instrumentorum: Ello es el arma, la herramienta, el instrumento empleado o usado para realizar la acción. V.gr. El arma de fuego, el martillo, la pata de cabra, la ganzúa, la soga, el alambre, etc., mismos que suelen emplearse para perpetrar homicidios, robos o asaltos, ahorcamientos, violaciones de domicilios, etc. 3. Corpus probatorium: Entendiéndose por tal la prueba o el conjunto de pruebas que dan fe de la ocurrencia del hecho delictivo y de la persona o personas que son sus autoras, coautoras, o cómplices primarios o secundarios. Ejemplo: Testigos, documentos, peritos, inspecciones, reconstrucciones o recreación del hecho y del escena; otros.
Un fiscal agudo, ello es, audaz, no pierde tiempo ni en las primeras horas ni en los día inmediatos a la producción del fenómeno delictivo. El sabe que no puede dilatar las investigaciones y que tan pronto le llega la notitia criminis o noticia del delito, estará presto a realizar las diligencias de investigación, aquellas que, primeramente, le impone la ley y, en segundo lugar, todas aquellas que se relacionan o circundan al hecho delictual. Tratándose de una presuntiva violación carnal sabe, perfectamente, que debe proceder con el examen del médico legista y poner a la supuesta victima en manos de psicología o psiquiatría forense; el buen médico legista a requerimiento fiscal procederá a tomar frotis inmediato de la vagina de la víctima a fin de determinar presencia de espermatozoides y también presencia de algún tejido ajeno a la anatomía de la víctima dentro de la vajina de ella y se hacen los estudios genéticos de ADN; el médico legista estará atento a presencia de cardenales (moretones) o hematomas en el área genital, para genital y extra genital de la víctima y consignará todo ello en su informe legista. Un psicólogo forense o psiquiatra dar fe de una grave perturbación mental producto de la violación en la victima y consignará, igualmente, todo cuanto, desde la perspectiva de la psicología o de la psiquiatría, estima necesario expresar en su informe.
Está demás decir que, desde la perspectiva de la medicina legal, también se expresara si la supuesta víctima era o no doncella al momento del acto, si hay desgarro del himen de reciente o vieja data, laceraciones, etc.
Un investigador perspicaz y suspicaz no dejará por fuera la investigación y el análisis de todo cuanto, en grado de circunstancias (Suelen llamarse circunstancias temporoespaciales y de personas) entraña el delito. Para ello no dará por descontado, jamás, el examen de video cámaras, grabaciones que han quedado del área o del espacio; será exhaustivo en advertir los sujetos que se encontraban con la victima; las relaciones que se dieron de modo previo con la víctima, quiénes la abordaron, analizará e investigará a cada uno de ellos.
Ahora bien, qué sucedería si la investigación surge de modo tardío: Respuesta: No hay crimen ni delito perfecto. Siempre surge altisonante la voz de la prueba que delata y denuncia. Los fiscales no deben olvidarlo jamás. Espíritu de indagación, de verificación, de búsqueda.
La verdad en un proceso penal solo surgirá ante la buena voluntad del investigador que acudirá a la escena y a los hechos caracterizado por un vehemente servicio a la justicia. Solo se investiga si se quiere. Solo se investiga cuando hay celo de investigador. El buen fiscal es el Sherlock Holmes de los tiempos actuales, y que, a propósito, esos fiscales casi escasean o ya están en extinción. A fiscales así no les importará quién esté o no detrás del crimen, del delito, sea rabiblanco, pudiente o politicón. Poco o nada le importará del delincuente su clase social o su abolengo, su poder económico, su prestancia social o política.
Poco o nada, habrá de importarle también al buen fiscal, la arenga sórdida de las muchedumbres o la presión de sectores mediáticos para inclinar la balanza de la justicia a favor de una u otra posición legal. Tampoco se dejará guiar por eso que se llama la opinión pública, que ha adquirido mayor prestancia, hoy día, en las redes sociales y en donde hasta los incultos e ignorantes, los mojigatos y los perniciosos, se creen con derecho a opinar, con igual o mayor autoridad, que los expertos y los juristas. ¡Dios bendiga a la Patria!