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OPINIÓN

El código de trabajo de Panamá. Es rico en enumerar csusales de despidos.   

Por Ramiro Guerra M.    

Abogado y cientista político.     

En una ocasión dialogando con el ilustre Dr. Carlos Ivan Zuñiga, penalista y gran laboralista, me  dijo, el código de trabajo  cuenta con mas de 40, creo que me dijo 45 causales de despidos. Me motivo a contarla y resultó cierto. En el acápite A del artículo 213,hay numerales que consagran mas de dos causales de naturaleza disciplinaria.En el acápite C de naturaleza económica, ocurre igual.         Y para rematar  cuando se modificó el artículo 212, que estableció el despido libre y unilateral relacionado con trabajadores  con menos de dos años de labores, los empleadores , a la fecha han usado esta norma, para  chantajear a los trabadores. Nada de sindicato sino blanden el despido.  

Esto trastoca un posible ambiente de democracia en la relación de trabajo. Se lleva por la çerca los convenios 87 y 98 de la OIT.       Comparto con el sindicalismo panameño, el planteamiento de que en materia de libertad sindical, hay caminos por recorrer.