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OPINIÓN

EL “MITO” DE LA IGUALDAD PROCESAL

Por: Jorge Zúñiga Sánchez
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El mito no es un signo de atraso cultural de un pueblo, sino la forma pensada de conocer e interpretar su relación con lo natural y lo sobrenatural. Para asimilar muchos aspectos de las sociedades modernas seguimos recurriendo a los mitos, pues es la única manera de entender que muchas personas creas que se adquieren las cualidades o habilidades de un famoso artista o atleta, con solo usar una marca de ropa. En el campo de lo jurídico se recurre mucho al mito, para tratar de explicar o justificar situaciones humanas, que son consecuencia de una sociedad que está estratificada, en función a la distancia o lejanía a la que se encuentre el individuo de riqueza material. La idea de la igualdad de los seres humanos es muy fuerte y aceptada en el campo ético,pero frente al poder político se acepta como “dogma de fe”, pues esa creencia nos la impone la Constitución y la Ley.

Como la igualdad ante la ley que se predica no se corresponde con la realidad, la ideología pone las cosas en perspectiva cuando establece la diferencia entre la igualdad material y la formal. En nuestra sociedad hay “ricos y pobres”, conflictos permanentes e irreconciliables., que se reproducen en todos los ámbitos de la vida social. Todo nuestro andamiaje jurídico está impregnado de los valores y principios que caracterizan y cohesionan la acción política de los círculos de poder, en su permanente interés de mantener su predominio y control sobre las mayorías.

La igualdad de los hombres ante a ley, es uno de los pilares del constitucionalismo “moderno” de corte liberal. Esa fue ayer una conquista por la que ayer y por medios violentos lucharon los pueblos oprimidos, y por la que hoy y mañana los demócratas por medios civilizados debemos defender y conservar. A consecuencia de ello, la justicia dejó de ser un privilegio de casta para convertirse en un derecho humano y ciudadano, que al menos en teoría le permitiría al patrón y al sirviente deslindar sus diferencias ante la justicia, en idénticas condiciones. Pero al establecerse reglas y procedimientos cada vez más complejos, se aseguraba por esa ruta el predominio de la voluntad de los poderosos, quedando convertida en una fugar quimera, el respeto de tan prometida igualdad.

Del cercano pasado judicial autoritario que se permitía “hacer justicia” mirando primero el apellido primero, y las pruebas y los argumentos después, transitamos hasta someter la justicia penal a un sistema penal, el que por estar inspirado en principios democráticos, protege la dignidad humana y los derechos y garantías constitucionales, condiciones necesarias para hacer eficaz esa igualdad procesal, y una justicia tan ágil como expedita. Alrededor del ciudadano, todo le dice que es una ilusión eso de la “mentada” igualdad en medio de la que se desarrollan los procesos penales es una ilusión. Sólo para ilustrar lo afirmado, mencionaremos la benignidad de las penas o los subrogados penales que se aplican; o de las permisivas condiciones penitenciarias de las que como privilegios gozan algunos. Así que no es infundada la idea generalizada de que la justicia es para “los hijos de la cocinera”, en una clara alusión a la injusta “desigualdad ante la ley”.

Las estadísticas muestran que en su gran mayoría, la población penitenciaria proviene de los estratos populares, así que como el ingreso muy esporádico de “los niños de bien” al infierno carcelario, se podría decir que el delito y la violencia están radicados en los barrios populares, y que sólo de vez en cuando en los altos estratos, uno que otro joven toma el camino de lo ilícito. La ruptura de esa igualdad, la puede propiciar factores estrictamente humano. Lo que con esto queremos decir, es que es más fácil que el Fiscal o el Juzgador resista el influjo de las fuerzas que amenazan su exigida independencia de consciencia, que alcanzar el nivel de imparcialidad requerido para impartir justicia.

No le restamos razón a que la demanda de justicia penal lleva un endemoniado ritmo creciente, y que las limitaciones presupuestarias, de equipos tecnológicos, y de personal, en muchos de los casos ofrecen a la ciudadanía la falsa sensación de privilegios o de preferencias judiciales. Pero, cuando la mayor queja de los usuarios proviene de los criterios de interpretación y aplicación de la ley sustantiva y ritualista, entonces hay que afinar el lente y analizar el asunto, pues esto visto así es muy delicado. Por mi formación ética y profesional, estoy en la disposición de acatar con respeto, todas las decisiones de los jueces.

El punto final de esta reflexión, cuestiona el excesivo rigor de muchas penas aplicadas, mismas que sin lugar a dudas está fundamentadas dentro de los términos de “lo que dice la ley penal”, y no en el problema que esa misma ley pretende resolver. Existen sobradas razones para flexibilizar “el puño de la justicia”, entre las que podemos enumerar , que la tendencia de la delincuencia no “va la baja”, y que son escasos los recursos para sostener las necesidades de la creciente población penitenciaria. La mano dura como regla general, y la humanización como excepción, crea una falsa impresión de privilegios en los desfavorecidos, que consolida la imagen negativa de la justicia en la ciudadanía.