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OPINIÓN

FALLO DE CONDENA CONTRA DIRIGENCIA SINDICAL.  

Por Ramiro Guerra M. 
Abogado y cientista político. 
Diciembre de 2022.

Cierto, desde el punto de vista constitucional, el ejecutivo no puede intervenir en competencias que son atribuible a otros órganos del estado. 

Sin embargo, este fallo debe ameritar alguna atención del gobierno. ¿Por qué? La noticia que recorre el mundo y el movimiento sindical mundial, es que en Panamá, se reprime y persigue al movimiento sindical.  

Y no es para menos, el fallo de marras que condenó a representantes de varias centrales de trabajadores, ha generado un mar de sospechas y dudas, si en verdad se falló en derecho. 

Cierto que los jueces son independiente al proferir fallo, pero la queja  sobre el fallo de este juzgado liquidador de causas penales, deberia ser objeto de investigación  por los funcionarios juzgadores superiores. Como lo escribí, no se descarta interferencia de factores metajurídicos.          

Como lo señalo, el gobierno ha quedado en entredicho en el mundo sindical.