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OPINIÓN

ORDEN PÚBLICO, PAZ E INTERÉS SOCIAL.

Por: Silvio Guerra M. 

 

 

  El estado de cosas, respecto a este nefasto y por demás que vergonzoso contrato de concesión minera, sin duda alguna, se ha agravado. El pueblo, el verdadero soberano, al tenor de lo que prescribe el Artículo 2 de la Constitución Nacional, no lo quiere y ello fundamentado en razones muy sobradas y lógicas, amén de ser inconveniente para el país, para todos. La Ley 406/23 ha venido a destruir nuestro orden público interno y ha asestar un duro golpe a la estabilidad y a la paz social de los panameños. La Corte no puede omitir la especial consideración al concepto del orden público y lo que él mismo entraña. Es el orden público de una nación la base y la columna pilar de toda su institucionalidad y funcionamiento. Sin orden público, sencillo, no hay nación ni Estado.  

Estamos apostando, por otro lado, convencidos que la Corte habrá de resolver la inconstitucionalidad de la Ley 406/23. Y si resulta lo contrario? Se ha pensado en ello? Entonces, si así se diere, debemos confesar que nos lleva candangas. Disiento, en fundadas razones de Derecho, con quienes viene sosteniendo que la derogatoria de la Ley conlleva a que nos demos un giro en los pies. Tesis confesionista y equivocada. Tesis que reviste de razones en favor de la minera concesionaria. Por poco, confiesan que la derogatoria es una sentencia a favor de la minera y que llena los bolsillos de ésta en multimillones de dólares. Falso. Mentiras. Panamá tiene todo a su favor para salir airosa en un arbitraje internacional. Escúchese bien. Todas las razones y todas las pruebas. 

Por otra parte, la Corte que se pronuncie ya. El orden público está por encima del formalismo de términos que nada dicen de la efectiva y real justicia constitucional. Cuando se trata del orden público no hay formalismo que pueda derogar la voluntad de todo un pueblo hermanado en un solo haz de voluntades. Ya en casos de amparos de garantías constitucionales, la propia Corte, en base al concepto del orden público panameño ha permitido admitir y decidir amparos en favor del Estado sin respetar el viejo concepto o argumento legal del necesario agotamiento de los recursos o la vía recursiva. Ha hecho sus claras excepciones. 

  En otro orden de ideas, se han olvidado, quienes gobiernan, que el poder público, toda emanación o irradiación de él, proviene, sale y pertenece exclusivamente al pueblo. Es en el pueblo donde radica la raíz madre de la legitimación de todo poder público y del poder político. En ese sentido, merced a todas las manifestaciones que se han dado de clara repulsa, expresa y manifiesta, antes de que la Asamblea accedería, de modo muy cuestionable, a probar ese ignominioso contrato de concesión minera, y luego que se hiciera ley del país, el comportamiento de las autoridades y del propio gobierno central, deja mucho que decir, incluido del mismo modo el actuar de compatriotas que lo defienden sin mayores argumentos amén de la deficiencia o poca o ninguna fortaleza de razones con verdadero pénsum jurídico Poco o nada les importa, a las autoridades, el expreso disenso democrático de una nación, de su pueblo, que simple y sencillamente, toda hermanada, se opone a dicho contrato.  

      El Gobierno Nacional acredita complicidad dolosa con intereses foráneos en detrimento y grave perjuicio de las riquezas naturales nacionales, victimizando al pueblo panameño a la precariedad y a la humillación e indignación nacional. Herida de muerte nuestra soberanía y dignidad nacional, la Patria languidece en un tétrico charco de humillación.  

  El supuesto “contrato minero”, dado que de “contrato” no tiene absolutamente nada dada la abundancia de cláusulas leoninas, gravosas para el país, reitero, contiene cláusulas perversas y leoninas que subyugan y someten a la soberanía panameña y el territorito nacional. En no pocas intervenciones públicas a través de redes sociales me encargado de darlas a conocer. En dicho contrato el gobierno ha puesto todo a los pies de la concesionaria minera: Puertos, muelles, canales, Rios, cuencas hidrográficas, fondo de mar, calles y carreteras, tierras, en fin, 

  Entiéndase que, en un verdadero contrato de concesión minera, la batuta la lleva el Estado no la empresa minera. El tambor lo toca el Estado, no la compañía minera. Aquí, en este contrato, las cosas se invirtieron, es la empresa minera la que ha dictado las reglas del juego y ha impuesto sus condiciones. El gobierno se ha comportado simplemente, como un niño de escuela tomando los apuntes de todo aquello que dicta el maestro. Y así ha acontecido, pues ha plasmado en las cláusulas el querer y la absoluta voluntad de la empresa minera.  

  En este contrato se auspicia, se patrocina el robo de nuestra institucionalidad y se destruye nuestro sentido republicano. 

  Contiene dicho contrato clausulas falsarias, pervertidas con el ropaje de la mentira y el engaño, como por ejemplo, que el supuesto aporte de los 375 millones a favor del estado panameño, podría verse reducido a su mínima expresión de bajar la producción de la empresa en la explotación del metal precioso. Ello a partir del 1 de enero del año 2026 (ver Cláusula XV).  

  En materia tributaria, las cosas está muy turbias y oscuras: No generarán riquezas impositivas al fisco. Todo está incluido allí en las migajas de los supuestos 375 millones. Es decir, cero beneficio para las arcas del Estado panameño. 

  A confesión de parte, relevo de pruebas: El Gobierno Nacional ni la empresa minera han negado, en ningún momento, que accionistas de esta compañía minera, son países u otros estados, tales como: China, Singapur y Corea del Sur. Esto es inconstitucional por demás que ilegal. 

  Este contrato de concesión minera más bien debería llamarse contrato de regalo minero, pues realmente eso es lo que se está dando. No es una nueva versión del Hay Bunau Varilla, aquel tratado contentivo de la nefasta cláusula de “a perpetuidad” y que ningún panameño firmó, y ello dado que en este contrato, tristemente, quienes firman son panameños, y lo más gravoso, que sean nuestras propias autoridades. 

Ya los dos procuradores ha emitido conceptos claros de su manifiesta inconstitucionalidad. Qué espera la Corte para pronunciarse?  

Cuando el orden público y la paz del país están en juego y gravemente perturbados, no hay formalidad ni término alguno de Ley que valga. Ejemplos hay en la Corte de casos en que ha omitido consideraciones formales y lo ha hecho, precisamente, considerando cuestiones de orden público.

Cierro , finalmente , censurando a aquellos que en nombre del Derecho, aúpan teorías de derrotas y de fracaso en un arbitraje internacional. Como si la minera tuviese la razón. No. No se equivoquen. La razón y las pruebas están del lado de la Nación. Sea por inconstitucionalidad o sea por derogatoria mediante Ley de ese contrato oprobioso, el Derecho está de nuestro lado. Dios bendiga a la patria!.