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OPINIÓN

CAPITIS DIMINUTIO MAXIMA

Por: Dra. Edilia Camargo 

“Esta Canciller no saldrá a defenderlo.” Isabel de Saint Malo, exvicepresidenta y ex Canciller de la República (2014-2019)

 

 

El empresario / comerciante Abdul Waked caía en la Lista Clinton.  

Sin entrar a examinar técnicamente las figuras que tomo del derecho romano. La capitis diminutio maxima, se me antoja servir mejor al estado-de-cosas que busca hoy analogías entre la demanda interpuesta por $1,268.7 millones contra el Estado panameño y el Banco Nacional de Panamá por el empresario , caído en desgracia y en indefensión de ciudadanía. Y los fondos del Programa Invalidez, Vejez y Muerte de la CSS.

Lejos de entrar en consideraciones tales como saber si de verdad , el demandante metió o no la mano, “ a lo oscuro”.....Si es o no un santito “patricio” . Y menos, justificar a la ex Vice y Canciller.

Preocupa y en grado superlativo, que los gestos de asco de ayer, sean hoy sometidos a cirugía plástica- mediática, para acentuarlos. Se adelantan posibles escenarios catastróficos y para el propio BNP y para la Caja de Seguro Social de Panamá. De ganar la demanda, el Banco se hundiría en la cadena de traspasos y quiebras que ya comenzó en EU y en la UE. Tocaría cantar una misa forzada de Requiem, sin Mozart, pidiendo liberación de penas del infierno para los fondos depositados por la Caja del Seguro Social en el BNP.

El economista Carlos Araúz va más lejos. Compara este caso – la posible quiebra del BNP, con el sistema de pensiones de la Caja de Seguro Social (CSS).” Una vez quede sin reservas, será el Estado el que asumirá con deudas, los pagos a los jubilados.” Como si el Estado no fuéramos nosotros, los que pagamos por toda la maquinaria. ¡ No me haga reír !

Pediríamos entonces, comparar lo comparable. Ya que sin querer, queriendo, Araúz abre la puerta a un oportunista alarmismo . 

En 1966 en el Uruguay, un país tan pequeño como el nuestro y casi igual cantidad de habitantes, se crea el Banco de Previsión Social BPS. No solo se atienden jubilaciones generales y seguros sociales, “se organizan en forma de garantizar a todos los trabajadores, patronos, empleados y obreros, retiros adecuados y subsidios para los casos de accidentes, enfermedad, invalidez, DESOCUPACION forzosa (mayúsculas nuestras), etc. Y a sus familias en caso de muerte, la pensión correspondiente.”

LAS CAJAS DE JUBILACIONES Y PENSIONES ( descentralización en plural y diferenciadas, sobre la base de una tipificación de calidad del trabajo), Civiles y Escolares, la de Industria y Comercio y la de Trabajadores Rurales y Domésticos y de Pensiones a la Vejez estarán regidas por el Directorio del Banco de Previsión Social , que se integrará de la siguiente forma:

Cuatro miembros designados por el PE en la forma prevista en el artículo 187 que crea el BPS , uno de los cuales la presidirá; /3 en la CSS

Uno electo por los afiliados activos /4

Uno electo por los afiliados pasivos

Uno electo por las empresas contribuyentes./3o

Se designó como autoridad máxima de las cajas de jubilaciones al Directorio del BPS.

Contrasta la depurada simplicidad del aparato directivo del BPS uruguayo (7 directivos) con la escandalosa y pesada neblina burocrática de la Junta Directiva de la CSS panameña ( once miembros, destacándose cómo se triplica la representación por parte de los empleadores, mientras que por el lado de los trabajadores jubilados, lo reducimos a uno, contra cinco por los trabajadores activos. El cuarto sale de profesiones y técnicos de salud – puesto a rotar- , y un quinto es servidor público. Todos nombrados por el Ejecutivo. El tratamiento discriminatorio en cuanto a calidad del trabajo es escandaloso, igualmente en lo que respecta a fuerza laboral activa o pasiva) Artículo 23 de la ley 51 de 2005.

La Banca de segundo piso, prevista en el Artículo 107 de la Ley 51

“...se entenderá por banca de segundo piso, la acción mediante la cual la Caja de Seguro Social canaliza parte de sus fondos al financiamiento de inversiones destinadas a la promoción del desarrollo del país, a través de instituciones bancarias de primer piso debidamente autorizadas por la Superintendencia de Bancos entendiendo por estas, bancos que realizan operacioes de manera directa con clientes.” 

El Artículo 108 enumera una serie de 9 escenarios de posibles inversiones de los fondos...entre otros, “ depósitos a plazos en bancos estatales panameños o extranjeros, autorizados, títulos valores con garantía hipotecaria de viviendas, títulos de deudas o valores de renta fija, del mercado primario y/o secundario de empresas de capital nacional o internacional, debidamente registradas por la Comisión Nacional de Valores de Panamá...”

Sorprende que se haya optado por “no poner en ejecución una unidad administrativa para manejar directamente una cartera que otorgue préstamos personales o hipotecarios a jubilados y pensionados a través de negociación con la banca estatal o privada.” Y con ello se haya cerrado la puerta a la creación de un Banco de Previsión Social. O peor, la Ley 51 de 2005, crea uno, pero sin carteras ...Actitud entreguista ante el BNP , brazo del Ejecutivo. 

Lo previsto por el economista Araúz, está contemplado en el Artículo 109 de la Ley 51..”En caso de quiebra, liquidación o concurso de acreedores del banco que maneje los recursos de la CSS , los dineros de esta serán los primeros que se han de devolver” ...

Dadas las circunstancias actuales y de ganar la demanda......¿qué tal si Waked pide atender primero sus fideicomisos derrumbados, y las reservas del programa de invalidez, vejez y muerte no pudieran ser devueltas? ¿ Cómo responder en derecho ante ambas situaciones?

El diálogo por el Seguro Social, en el limbo , tiene obligación de replantear en prioridad ( antes de enfrascarnos en debates politizados sobre parámetros) la tipificación de la fuerza laboral panameña y sobre esa base cualitativa, descentralizar en razón a calidad de fuerza laboral. Cualquiera sea el sistema de pensiones que se decida... Agarrar la oportunidad para crear esa “ unidad administrativa de manejo de los fondos de la Caja, “ de modo a no canalizarlos hacia el BNP y crear así un Banco de Previsión Social de la mano del Ministerio de Desarrollo Social (manejo de subsidios) y el Ministerio de Trabajo, debidamente representados en la Junta Directiva...Hoy ausentes.

 Al mal tiempo, ¡ push up !

 

La autora es Presidenta de la ONG 

Red Continental de Personas Mayores de América latina y el Caribe.