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OPINIÓN

EL RESPETO DEL DEBIDO PROCESO Y LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, BASE FUNDAMENTAL DE NUESTRO SISTEMA JUDICIAL.

 

Por: Leonel Iván Contreras Vega

El autor es Profesor de Inglés con más de 20 años de experiencia y Abogado Penalista.

 

Todos estamos a la expectativa con lo que pueda suceder en Panamá al momento en que se apruebe el proyecto de ley 163 de la CSS el cual se discute en la Asamblea Legislativa. La discusión de este proyecto de ley y las modificaciones que se han realizado han caldeado los ánimos de los principales movimientos sindicales y de los panameños en general. Uno de los sindicatos que ha estado en pie de batalla por este proyecto de ley, de manera beligerante, ha sido SUNTRACS.  

 

El 12 de febrero del año en curso, SUNTRACS salió a protestar en la Ave Balboa misma que, según Saúl Méndez, inició pacíficamente, pero; terminó en actos violentos entre el movimiento sindical y la Policía Nacional. Lo acontecido le dio la vuelta al país y al mundo entero a través de las redes sociales y medios de comunicación tradicionales.

 

Así las cosas, tengo que indicar que no comparto los métodos violentos de protesta de la SUNTRACS ni tampoco me siento representado por sus líderes de corte de izquierda, sin embargo, lo que opine, en este momento de la SUNTRACS, es simple y sencillamente un punto de vista subjetivo y eso en un Estado de Derecho es tolerable. En cambio, lo que no puede ser subjetivo es el debido proceso y la tutela judicial efectiva en nuestro sistema judicial.

 

A pesar de que SUNTRACS no es santo de mi devoción, no puedo estar de acuerdo con la injerencia del Ejecutivo en el Órgano Judicial la cual, se ha estado haciendo de manera abierta y escandalosa al punto de interferir en el debido proceso y en la aplicación de la tutela judicial efectiva misma que debe ser ejercida por los jueces de garantías en los casos que se llevan en nuestro SPA a miembros del SUNTRACS detenidos por la comisión de un supuesto delito y digo, supuesto delito, porque se debe respetar la inocencia del indiciado o imputado hasta que se demuestre lo contrario.

 

Un país en donde se violente el debido proceso y no se haga valer las Garantías, Principios, Reglas, Tratados y Convenios que le asisten a toda persona que atraviesa el engranaje judicial, es estar al borde de una dictadura y la razón de lo que expreso, se debe a que el Sistema Judicial pierde la objetividad que se espera en un Estado de Derecho.

 

El debido proceso no es un antojo jurídico por el contrario, «Es una institución instrumental en virtud de la cual debe asegurarse a las partes en todo proceso legalmente establecido y que se desarrolle sin dilaciones injustificadas, oportunidad razonable de ser oídas por un tribunal competente predeterminado por ley, independiente e imparcial, de pronunciarse respecto de las pretensiones y manifestaciones de la parte contraria, de aportar pruebas lícitas relacionadas con el objeto del proceso y de contradecir las aportadas por la contraparte, de hacer uso de los medios de impugnación consagrados por la ley contra resoluciones judiciales y conformes a derecho, de tal manera que las personas puedan defender efectivamente sus derechos.» (ARTURO, Hoyos, "El Debido Proceso", Editorial Temis, S. A. Santa Fe de Bogotá-Colombia, 1996, pág. 54).

 

En otras palabras, el debido proceso es una garantía que debe ser respetada y no puede ser ignorada caprichosamente de lo contrario, sucederá que «el derecho sucumbirá ante el proceso por la desnaturalización en la práctica de los mecanismos que constituyen una garantía de justicia…» (Couture, 1985; 148-149).

 

Ahora bien… ¿Cómo se logra el respeto de la garantía del debido proceso en una audiencia del SPA?... Eso se logra a través de la tutela judicial efectiva. Estimado lector, es deber de los jueces de garantías, a través de la tutela judicial efectiva, velar por el cumplimento de todo el engranaje legal que enmarcan en el debido proceso.  

 

En otras palabras, es necesario que «a través de la tutela judicial efectiva de los derechos fundamentales, se garantice y asegure la vigencia de la Constitución y el Estado de Derecho.» (Magistrado Jerónimo Mejía, Resolución del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, 21 de agosto de 2008) y esto se logra a través del «reconocimiento de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, en los Tratados y Convenios Internacionales Sobre Derechos Humanos vigentes en Panamá y en las leyes, de manera que los mismos puedan ser restaurados cuando han sido lesionados.» (ídem).

 

En definitiva, la violación del debido proceso por la injerencia del Poder Ejecutivo u cualquier otra razón y la apatía, el poco importa, la indiferencia, el desdén o el temor de que los que son llamados a proteger esas leyes a través de la tutela judicial efectiva (jueces de garantía) es socavar profundamente los cimientos de un Estado de Derecho que a la postre afectará a cada panameño o extranjero que esté bajo su jurisdicción.

 

Por todo lo expresado, siempre recuerde que el debido proceso y la tutela judicial efectiva son bases fundamentales de nuestro sistema judicial y permite la igualdad de las partes en el proceso.  

 

Dios bendiga a Panamá.    

 

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