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OPINIÓN

FALLO PRIMERA INSTANCIA:

LAVA JATO/ PANAMÁ PAPERS

Por: Joao Quiróz

Mediante la Sentencia Absolutoria No. 03 de 28 de junio de 2024 del Juzgado Segundo Liquidador de Causas Penales decidió los casos LAVA JATO (RUE48931-19) y PANAMÁ PAPERS (RUE87256-19), estos procesos penales fueron acumulados, y ambos se resolvieron en este fallo, el cual documenta las acusaciones por blanqueo de capital contra los abogados Ramón Fonseca Mora (Q.E.P.D) y Jürgen Mossack, y veintinueve personas más, todas las cuales fueron absueltas de los cargos de blanqueo de capital, al no haberse cometido delito alguno y que la creación de Sociedades Anónimas no puede ser criminalizada. Además de declararse la extinción de la pena del Jurista y Escritor Fonseca Mora, por su fallecimiento el 8 de mayo de 2024.

 Las investigaciones de LAVA JATO se iniciaron en Brasil. El Procurador de este país dijo que no se le podía investigar a la Firma de Abogados por hacer sociedades anónimas. Lo mismo que terminó considerando el Juzgado de la Causa. En Panamá Papers, se podría decir que se forzó mediáticamente, y a nivel internacional, una campaña negativa contra el sistema de Sociedades Anónimas de Panamá. Colateralmente, la Firma de Abogados fue investigada, su sede fue allanada, así como oficinas en Alemania y Argentina, quedando luego la investigación convertida en una especie de pesca judicial internacional. 

Organismos de investigación determinaron, que existían indicios relacionados con una caja negra de una empresa multinacional, a la que la Firma de Abogados le había prestado el servicio de creación de Sociedad, encontrándose "supuestos indicios de delitos de blanqueo" por lo cual se decidió formalmente abrir investigación contra los Abogados y las personas que trabajaban con ellos, no teniendo la Firma nada que ver en estas situaciones que supuestamente se acusaban como acciones tipificadas de blanqueo de capitales. 

Debe advertirse que este fallo puede ser apelado, es decir, aún no se encuentra en firme. El Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito, en Ancón, Ciudad de Panamá, se encargará de decidir si confirma la sentencia o si la reforma o la revoca, también cabe destacar que el fallo sería susceptible de un recurso de Casación.