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OPINIÓN

LA CONSTITUYENTE ORIGINARIA, ÚNICA SALIDA DE ESCAPE
PARA ENDEREZAR EL PAÍS.
Por: Leonel Iván Contreras Vega
El autor es Profesor de Inglés con más de 20 años de experiencia y Abogado
Penalista.
En verdad que atravesamos uno de los peores momentos en la historia
patria…Tenemos un órgano Ejecutivo ausente, inoperante e incapaz; un Órgano
Legislativo en estado de descomposición, que no les interesa representar al
pueblo y que solo velan por sus intereses personales; y un Órgano Ejecutivo
incapaz de impartir justicia es decir, incapaz de cumplir con el debido proceso o el
desarrollo procesal de la jurisdicción y en donde se aplica el peso de la ley a
cualquier persona que no esté dentro del círculo que encierra los poderes
económico y políticos del país.
Con todo esto, no queda otra salida más que una constituyente originaria, sin
embargo, considero oportuno explicar brevemente lo señalado en el Título XIII de
nuestra Constitución Política la cual, se denomina como: «Reforma de la
Constitución», a fin de sustentar lo señalado en el título de este artículo de
opinión.
El artículo 313 anota que, la Constitución Política puede ser reformadas por
iniciativa de la Asamblea Nacional, el Consejo de Gabinete o la Corte Suprema de
Justicia de la siguiente manera:
1. Por un Acto Constitucional aprobado por dos asambleas diferentes y
sucesivas.
2. Por un Acto Constitucional aprobados por dos legislaturas consecutivas de
una misma asamblea y ratificado por un referéndum.
Tal vez usted se preguntará… ¿Cómo se aplica estos procesos de reformas?...
permítame ilustrarlo de la siguiente manera:
Para reformar la Constitución conforme al primer punto, la Asamblea Nacional
vigente, al final de su periodo, aprueba en 3 debates y por mayoría absoluta un
proyecto de reforma a la Constitución. Este proyecto, debe ser debatido y
aprobado sin modificación en un solo debate y por mayoría absoluta por la
Asamblea Nacional que se instale con el nuevo gobierno electo en el 2024.
En el segundo punto, la Asamblea Nacional vigente, en la sesión que inició el 1 de
julio de 2022, aprueba en tres debates un proyecto de reforma a la Constitución.
Este proyecto, debe ser aprobado en tres debates y por mayoría absoluta por esta
misma Asamblea Nacional en la sesión que inicia el 2 de enero de 2022 y
posteriormente, debe realizarse una consulta popular directa mediante referéndum
para su ratificación.

El artículo 314 anota que, podrá adoptarse una nueva Constitución a través de
una Asamblea Constituyente Paralela. La misma puede ser convocada por dos
vías las cuales son:
1. Por decisión del Órgano Ejecutivo la cual, debe ser ratificada por mayoría
absoluta del Órgano Legislativo o con el voto favorable de las dos terceras
partes de los miembros de este.
2. Por iniciativa ciudadana la cual, deberá ser acompañada por la firma de,
por lo menos, el 21% de los integrantes del Registro Electoral
correspondiente al 31 de diciembre del año anterior a la solicitud.
Con relación al segundo punto, podemos destacar que los peticionarios de la
iniciativa ciudadana, tendrán hasta seis meses para cumplir con el requisito
Constitucional del 21%, pero; de conformidad con el reglamento que al efecto
expida el Tribunal Electoral.
Ahora bien, una vez se haya acogido la iniciativa, sea ésta convocada por el
Ejecutivo o a petición ciudadana, se celebrará la elección de los constituyentes la
cual conformará La Asamblea Constituyente Paralela misma que estará integrada
por sesenta constituyentes, quienes representarán proporcionalmente a los
panameños de todas las provincias y comarcas de acuerdo con la población
electoral. Cabe resaltar que, se permitirá postulaciones partidarias y libres
postulaciones a fin de ser elegidos como constituyentes.
Destaca en el artículo en cuestión que, la Asamblea Constituyente Paralela, podrá
reformar la actual Constitución de forma total o parcial, pero; en ningún caso las
decisiones que adopte tendrán efectos retroactivos ni afectará los periodos de los
funcionarios electos o designados al momento que entre en vigencia la nueva
Constitución.
Como podemos observar, los dos métodos de reforma Constitucional que se
recogen en el artículo 313, no permiten el desarrollo total de la voluntad del pueblo
que es el verdadero poder del Estado ya que se puede reformar la Constitución sin
consultarlo y por medio de una Asamblea Nacional que, en este momento, no los
representa o por medio de un referéndum que limita la opinión popular a un
aspecto específico de la reforma cuyas mociones vienen respaldadas,
generalmente, por intereses políticos y económicos.
En cuanto al método señalado en el artículo 314, la voluntad del pueblo es
cercenada en una constituyente paralela ya que al momento en que se instala la
Asamblea Constituyente y se inicia con la discusión, el pueblo, representado por
los constituyentes, tendrán en contra las representaciones partidistas y los
pseudos independientes electos como constituyentes, los cuales impedirán con
toda su experiencia y en todo momento, la reforma de ciertos artículos de la
Constitución que benefician sus intereses personales. Igualmente, las decisiones
que adopte la Asamblea Constituyente no tienen efectos retroactivos y al momento

en que entra en vigencia la nueva Constitución, no puede afectar el periodo de los
funcionarios electos o designados por el gobierno vigente, es decir, no pueden
realizarse nuevas elecciones.
Es indudable que, la constituyente originaria, es la única salida para enrumbar
nuestro país ya que solo en esta podemos desarrollar el poder pleno del pueblo y
acabar con la corrupción que carcome a nuestro país. No obstante, este método
no se anota en el Titulo XIII de nuestra Carta Magna y tampoco está
reglamentado, sin embargo, el artículo 2 de la Constitución indica que el poder
público emana del pueblo y esto permite la aplicación de una constituyente
originaria que admita la creación de una nueva Constitución.
El problema de este método, es que, al no estar reglamentada una constituyente
originaria, puede ser aplicado por dos vías las cuales son: por medio de una
revolución ideológica, de la que estamos muy lejos, para así dar un golpe de timón
al rumbo del país y por medio de un procedimiento ideal.
En relación al procedimiento ideal, el Catedrático de Derecho Constitucional de la
Universidad de Panamá, Raúl González (q.e.p.d.), publicó en el periódico de la UP
el 12 de noviembre de 2019, que para convocar una Asamblea Constituyente
«debe ser producto de un acuerdo nacional y no de imposiciones, que pasan
obligatoriamente por el reemplazo de los tres Magistrados del Tribunal Electoral y
del Fiscal Electoral para garantizar la pureza del proceso constituyente». De igual
manera, enumera una serie de pasos para el procedimiento los cuales son:
consulta popular para definir si se quiere una nueva Constitución, convocatoria a
elecciones de la Asamblea Constituyente, elecciones de la Asamblea
Constituyente Originaria, Instalación de la Asamblea Constituyente Originaria,
discusión y redacción de la nueva Constitución, Aprobación de la nueva
Constitución por la Asamblea Constituyente, Aprobación de la nueva Constitución
por la Asamblea Constituyente, Referéndum para su aprobación y elecciones
generales para elegir las nuevas autoridades en base a la nueva Constitución.
En definitiva, estamos ante un complejo escenario ya que no hay en este país
aquel que tenga el canto de sirena para unir al pueblo en pos de un cambio
ideológico para crear una nueva Constitución y tampoco contamos con un
gobierno que tenga la valentía política de convocar una constituyente originaria
siguiendo el método ideal del académico Raúl González (q.e.p.d.).
Estimado lector, y en especial a los jóvenes que están por obtener su mayoría de
edad en los años previos a las elecciones generales del 2024, solo nos queda
elegir para 2024 con sabiduría, entendimiento e inteligencia el próximo gobierno
que administre la cosa pública y velemos que el que sea electo tenga como plan
de gobierno convocar una constituyente originaria para dar un nuevo rumbo al
país y una identidad firme y clara a Panamá… Espero no volver a escuchar que
tenemos el gobierno que nos merecemos para el 2024.
Dios bendiga a Panamá.

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