Magistrado Guerra y la tesis de la soberania popular.
Por Ramiro Guerra M.
Abogado y cientista político..
El poder emana del pueblo, reza la norma constitucional. ( artículo dos de la constitución nacional.)
En materia politica , no hay manera de enervar lo que el pueblo en ejercicio soberano decide.
La Corte Suprema de justicia, no está por encima de la constitucion y menos del artículo citado, que no da lugar a interpretaciones caprichosa y subjetiva, jalonada por intereses políticos.
El articulo dos de la constitución nacional, constituye el eje fundamental de toda la estructura político - democrática del pais.
No hay lugar a interpretaciones post electoral, en el sentido de poner en duda quién se alzó con la victoria, salvo que existan pruebas de que el pueblo en ejercicio de la soberania popular, su voluntad fue torcida y mediatizada por fraude.
En consecuencia, contados los votos, no hay manera de torcer la voluntad soberana del pueblo. Ni la Corte Suprema puede variar lo que soberanamente el pueblo decidió.
Dejemónos de galimatías e interpretaciones lejos o alejada de la maxíma, que la fuente del poder , reside en el pueblo.