Puede o no ser candidato a la presidencia Rómulo Roux.
Por Ramiro Guerra M.
Abogado y cientista político.
Sospechosamente, el tema de la candidatura de Rómulo Roux, no es noticia para los medios que controlan las élites del poder económico.
¿Que sucederia si la sala tercera resuelve favorablemente el recurso contencioso administrativo de nulidad contra la resolución de una funcionaria del tribunal electoral, que le devolvió a Roux sus derechos ciudadanos? ¿ El tribunal electoral lo sacaría de la contienda electoral?
Independiente de la situación judicial, lo concreto es que no fue la Asamblea Nacional, que le reintegró sus derechos ciudadanos, tal como lo mandata la constitución nacional.
Soy de la opinión, que el tribunal electoral, de oficio si puede conocer de la ilegitimidad de esa candidatura, por no cumplir con lo que señala la excerta constitucional.
La norma constitucional, en materia electoral, señala que el tribunal electoral, aplica e interpreta las normas electorales. Vamos mas lejos, esta institución no se puede sustraer de cumplir con la norma, que señala que estando en suspenso los derechos ciudadanos, corresponde a la asamblea nacional, levantar tal suspensión y devolverle los derechos ciudadanos al que esté en esa situación, como es el caso del abogado Roux.
La asamblea certificó, que el sr. Roux, no solicitó el levantamiento de la suspension de los derechos ciudadanos, que perdió al nacionalizarse estado unidense. Lo anterior ocurrió por mandato de la propia constitución nacional.
La situacion del lic. Rómulo es un hecho notorio y de conocimiento general.
No me explico porque el tribunal electoral, no ha actuado. Lo puede hacer. Voy mas lejos, cualquier ciudadano puede solicitar la inhabilitación de su candidatura, por no tener vigente sus derechos ciudadanos.
No cabe aducir prescripción. Es un tema de derecho constitucional y el tribunal electoral, esta obligado a pronunciarse.