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OPINIÓN

Una reflexión ciudadana sobre la relación Panamá con Estados Unidos

Licdo. Carlos Manuel Lee Vásquez

Abogado, Docente Universitario

 

En primer lugar, hay que tener presente que el tema del canal para los EEUU siempre ha sido manejado como tema de geopolítica y seguridad, más que como vía de tránsito marítimo. En este sentido siempre se manejó desde el Departamento de Estado por tal razón el componente militar siempre fue su prioridad. Sin embargo, en el Tratado de Hay Bunau Varilla ratificado el 2 de diciembre de 1903, no contempló en componente militar, fue concedida la administración del Canal a perpetuidad. Pero siempre se incorporó el componente militar de manera irregular con el pretexto de seguridad y garantizar la operación permanente. Hubo un primer intento de legalizarla presencia militar norteamericana con el tratado Alfaro-Kellogg (1926), que provocó el repudio de la ciudadanía que el gobierno tuvo que rechazar este intento. Años antes al terminar la construcción del canal 1914 que coincide con el inicio de la Primera Guerra Mundial se firma el Tratado Urrutia-Thompson, entre Colombia y EEUU que diera el control del espacio territorial del canal a fin de instalar bases militares y sitios de abastecimiento, tratado firmado el 6 de abril de 1914

 Durante las dos guerras mundiales logran establecer bases militares en todo el territorio nacional y una vez concluida la Segunda Guerra Mundial pretendieron legalizar las bases con el Convenio Filós-Hines que no fue aceptado por Panamá. Esto da pie a las constantes denuncias de Panamá de la ilegalidad de la presencia militar. Los acontecimientos de enero de 1964, marcan un hito importante en las relaciones entre Panamá y EEUU, con el rompimiento de las relaciones diplomáticas obligan a una Declaración conjunta: Declaración Moreno-Bunker, del 3 de abril de 1964 que establecen las condiciones para restablecer las relaciones diplomáticas y permite negociar un nuevo instrumento que elimine los focos de conflictos, dando como resultado los conocidos “Tratados Tres en Uno” denominados así porque se trataba realmente tres tratados: el de administración, el de neutralidad y el de construcción de un canal a nivel. Estos tratados fueron rechazados por el repudio de la población que exigió al Gobierno a su rechazo, frustrando el interés de EEUU de resolver el tema de su presencia militar.

En 1968 se dan las elecciones que triunfa Arnulfo Arias Madrid quien asume la presidencia el día 1 de octubre y el día 11 se da un golpe de estado encabezado por los militares. Después de golpe interno que desplaza a Martínez el gobierno militar es liderado por Omar Torrijos y su rol fue estabilizar al país eliminando los sectores civiles y los partidos políticos para facilitarle retomar las negociaciones de un nuevo Tratado con los EEUU. Preliminarmente a concretar el nuevo tratado se firma el Acuerdo Tack-Kissinger el 7 de febrero de 1974 que definía los puntos a resolver en el nuevo tratado.

El 7 de septiembre de 1977 se logra la firma de dos nuevos tratados: el tratado de administración que se cumple plenamente en diciembre de 1999, y el tratado de Neutralidad a perpetuidad por tanto está vigente. Este Tratado en primer lugar no es realmente un tratado de neutralidad, sino el tratado que legaliza la intervención militar del ejército de EEUU. Este tratado es una copia del tratado de 1967 que fue rechazado por la ciudadanía en las calles y por el gobierno presionado por la ciudadanía. Es este instrumento que permite a EEUU intervenir en Panamá, cuando a juicio de EEUU, interprete que se pone en peligro el funcionamiento del canal o su neutralidad. Hay que señalar que ni el tratado de administración que no está vigente ya, ni e de Neutralidad establecen la posibilidad que EEUU pueda retomar la administración del Canal, en primer lugar porque el tratado de administración estableció el mecanismo para transferir la administración a su legítimo dueño, PANAMÁ una vez cumplido este procedimiento ( diciembre 31 de 1999) el Tratado ya cumplido su propósito no puede plantear la revisión para revertir el hecho de que Panamá como dueño administre el Canal, y mucho menos pretender que EEUU retome la administración, esto sólo sería posible con un nuevo tratado entre Panamá y EEUU que no veo a ningún gobierno que pueda plantear algo como eso y mucho menos una población que permita que ningún gobierno se atreva siquiera plantearlo. Algo así sería retroceder a 1903 pues sería negociar nuestra soberanía. 

En cuanta al tratado vigente el de Neutralidad no contempla nada que pueda interpretarse que EEUU, pueda retomar la administración del Canal. Ya que es un tratado que desarrolla el mecanismo para garantizar la operación permanente y su neutralidad, no puedo dejar de señalar que este tratado firmado por Torrijos e impuesto al pueblo traicionó la lucha de más de 80 años de un pueblo que reclamaba soberanía total en el territorio y la eliminación de la presencia e injerencia de EEUU y su ejército en el territorio nacional.

Como mencioné el Tratado de Neutralidad lo que establece que EEUU a perpetuidad tiene la facultad para intervenir en Panamá cuando interprete que el funcionamiento o la neutralidad está en peligro, esa interpretación es unilateral, no requiere un acuerdo con Panamá (una concesión entreguista de quienes negociaron este tratado). Este tratado junto con las enmiendas y reservas deben de revisados para eliminar tales concesiones ya que lesionan nuestra independencia y nuestra soberanía, hecho este reconocido por el mismo Torrijos cuando firmó dicho tratado que advirtió que nos coloca bajo el “paraguas del pentágono”.  

Creo importante aclarar que esta concesión no se puede interpretar como dice EEUU y algunos panameños que deja la posibilidad para que EEUU pretenda retomar la administración del Canal ya que este tratado no hace referencia a la administración del canal sino a su neutralidad.

En cuanto a la interpretación que viene haciendo EEUU en el sentido que la presencia China en Panamá comprometen la seguridad y/o la neutralidad es un argumento falaz que no tiene ningún sustento lógico. Habría que señalar que Panamá como país independiente y soberano tiene el derecho exclusivo de definir las relaciones diplomáticas y comerciales co quien estime sea conveniente para el país y el hecho que EEUU califique o interprete que una decisión interna del país pone en peligro la seguridad del Canal no se puede interpretar de otra manera que como una intromisión por parte de EEUU en asuntos internos de Panamá que Villa él principio de independencia y soberanía que se realiza con el derecho de cada país sea respetado y reconocido su derecho a la autodeterminación.

EEUU no puede pretender elegir con qué país Panamá establece relaciones diplomáticas o comerciales ya que es una violación directa al derecho soberano de autodeterminación de los pueblos.

Este análisis puede parecer doctrinal, pero es necesario.

Dije antes que es un argumento falaz de parte del gobierno de EEUU ya que no hay una sola prueba que sustente tal acusación, el hecho que dos de los principales puertos estén concedidos a la República Popular China no compromete al Canal con un posible sabotaje que impida el libre tránsito de todas las floras que así lo requieran ya que la actividad portuaria en la rivera del canal está sujeta a normas y procedimientos que establece Panamá cómo por ejemplo que las naves serán operadas por un capitán de la ACAP, es decir que las naves se somete a las medidas de seguridad del Canal.

En cuanto a que puede significar la visita del señor Marco Rubio en su condición de secretario de Estado del gobierno de EEUU que recientemente ha asumido el poder, que las relaciones entre Panamá y EEUU serán muy dinámicas y a diferencia de la gestión anterior que EEUU mantuvo congelada la relación por más de cuatro años, en esta ocasión no será así. A Panamá corresponderá ser receptivo para conocer esta nueva dinámica de parte del gobierno del señor Trump, dejando claro que somos un país libre, independiente y soberano que tiene interés en relaciones respetuosas, maduras y colaborativas para aportar a La Paz del mundo y al desarrollo de los pueblos.

Panamá, 29 de enero de 2025